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/ pp 151-166 / Año 9 Nº17 / DICIEMBRE 2022 – JUNIO 2023 / ISSN 2408-4573 /
ESTUDIOS COMPARADOS EN EDUCACIÓN
Conclusiones: los legados del progresismo en la institucionalidad educativa
A partir del análisis comparado que se acaba de presentar, nos hallamos en condiciones de identificar algunos patrones
comunes en la orientación de las políticas educativas de los cuatro países durante el ciclo progresista.
En primer lugar, la legislación constituyó un instrumento privilegiado de política pública al que todos recurrieron. En
Argentina, la LEN del 2006 y la LFE del 2005; en Brasil, las enmiendas constitucionales de los años 2006 y 2009; en
Chile –con mayor énfasis aún-, la LGE del 2009, la LSEP del 2008, la LIE del 2015 y la LCSEP del 2017; y en Uruguay,
la LGE del 2008. Estas normas tradujeron orientaciones generales de los gobiernos y crearon un marco general capaz
de influir en el comportamiento de actores y en el desempeño de las instituciones.
Esta ola normativa trasluce una recuperación del rol del Estado en el campo educativo, contundente en términos
discursivos, pero que también se expresó en la instauración de mecanismos específicos de regulación. El mayor
protagonismo estatal apareció asociado a la reivindicación del derecho a la educación en tanto derecho humano
fundamental, que el Estado tutela como responsable y garante. En una dimensión, esta expansión cuestiona reductos
previamente confiados a regulaciones de mercado (tal el caso de Chile); en otra, supone una revisión parcial de
competencias antes atribuidas a circunscripciones sub-nacionales (en Argentina, en Brasil). Es cierto, empero, que los
desarrollos conceptuales en torno al derecho a la educación reclaman para su goce efectivo el cumplimiento de las
llamadas “4 A”: asequibilidad, acceso, aceptabilidad y adaptabilidad de los sistemas educativos (Tomasevski, 2001).
Desde esta perspectiva, la consagración legal del principio constituye apenas un primer paso, sin duda relevante, pero
inserto en un proceso multidimensional complejo que los cuatros países recorrieron con especificidades (Gluz,
Rodrigues y Oliveira, 2018).
Se registra también una tendencia nítida a la extensión legal de los ciclos obligatorios, incluyéndose en todos los casos
a la educación media superior y, con variaciones, a tramos de la educación inicial. Las nuevas normativas, junto a otros
instrumentos de política, consiguieron una expansión efectiva en el acceso a la educación obligatoria, sin perjuicio de
lo cual ninguno de los países logró superar la selectividad de sus sistemas a lo largo de las trayectorias educativas de
los niños, adolescentes y jóvenes.
Sugestivamente, en tres de los cuatro casos nacionales (Argentina, Brasil y Uruguay) se constata el empleo de dos
instrumentos de políticas generalmente asociados a concepciones neoliberales del gobierno de la educación: la
expansión del financiamiento público a prestadores privados, y cierta descentralización de competencias hacia los
centros educativos. Sin embargo, no deben sobreestimarse estas novedades. En Brasil y Uruguay los fondos públicos
dirigidos a privados son todavía marginales en relación al presupuesto educativo, y en Argentina simplemente se ha
continuado con un esquema de apoyo a colegios privados (mayoritariamente católicos) de muy larga data. Algo parecido
puede decirse del empoderamiento de los centros educativos: sus competencias son residuales en relación a las
alojadas en los estados nacionales, provincias, estados o municipios. No es casual que sea en Chile, país que sí había
avanzado más audazmente en esa dirección en las décadas anteriores, donde el impulso privatizador y descentralizador
se sofrena, aún sin revertirse.
En la dimensión procedimental de la hechura de las políticas, y como se anotó más arriba, aparece como tendencia
regional la expansión de los espacios de participación social, tanto en la construcción de las reglas de juego del
subsistema (leyes, planes nacionales de educación), como en la propia implementación de las políticas a través de
diversos organismos coparticipados.
Más allá de estas tendencias comunes, el desarrollo de las políticas educativas en el período evidencia diferencias
según la forma de organización del Estado. En efecto: en contraposición al carácter unitario de Chile y Uruguay, el
federalismo de Argentina y Brasil –especialmente de este último- emerge como una variable significativa en los
procesos de construcción de las políticas públicas en educación. Por ende, cualquier identificación de tendencias debe
reconocer las divergencias de base territorial, que no hemos abordado aquí en profundidad.
Una vez identificadas estas tendencias, pueden ensayarse algunas respuestas a las interrogantes previamente
planteadas, acerca de la medida en la cual las políticas educativas de la era progresista han innovado en relación a las
configuradas durante los gobiernos de centro-derecha de la década de 1990.
Si se atiende al plano procesal, la ya referida adopción de una estrategia participativa para la gobernanza del sistema
representó un rasgo de cambio importante. Además de procurar bases más amplias para la legitimación de las políticas,
operó también como un dispositivo de re-jerarquización de la influencia de distintos colectivos de actores. Los
organismos internacionales que contribuyeron a financiar las reformas de los noventa perdieron protagonismo, y lo
ganaron distintas organizaciones sociales más o menos estructuradas, cuyo catálogo y peso específico varió de país en