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/ pp 107-122 / Año 12 Nº23 / DICIEMBRE 2025 – JUNIO 2026 / ISSN 2408-4573 / DOSSIER TEMÁTICO
El FOMEC contaba con una clara perspectiva conceptual acerca de la planificación, su relación con la evaluación y,
consecuentemente, acerca del financiamiento público asociado a estos procesos. Asimismo, resulta interesante advertir
que esta perspectiva conceptual de vincular los proyectos a financiar con la planificación integral y la evaluación de la
Universidad tenía su concreción a través de los mecanismos y los instrumentos diseñados en el marco del programa.
Pero la experiencia del FOMEC de acuerdo a los testimonios de los informantes, puso en evidencia la debilidad
institucional en términos de experiencia y de conocimiento conceptual y técnico acerca del desarrollo de procesos de
planificación institucional. En efecto, el responsable nacional de presupuesto comenta que, para ese momento, la
universidad en Argentina no contaba con el ejercicio de planificación y de rendición de cuentas, no había información
estadística ni capacidades para el desarrollo de planeamiento estratégico (entrevista, 28 junio de 2023).
La perspectiva de planeamiento que tuvo FUNDAR fue integral y sistémica. A diferencia de políticas anteriores que se
enfocaban en proyectos puntuales y fragmentados, promovió una lógica de planificación estratégica vinculada a los
objetivos institucionales de largo plazo, articulando el financiamiento con planes estratégicos institucionales y ciclos de
acreditación. Aunque fue puntual y quedó como experiencia piloto. El FUNDAR buscó fomentar una gestión universitaria
cohesionada, orientada a la mejora continua y al desarrollo sostenible de las universidades nacionales. Es decir, concibió
la planificación estratégica como un proceso integrado que abarcaba múltiples dimensiones institucionales, vinculaba
la asignación de recursos con metas claras y mecanismos de evaluación que permitieran monitorear avances y
resultados de forma estructurada y sistemática. Sin embargo, el sistema universitario, no contaba al tiempo, con
sistemas de información robustos y producción de indicadores complejos.
Como se dijo, a partir de la derogación parcial del FUNDAR en 2007, comienza un período, que se extiende hasta 2015,
en el que no existen políticas o programas formales desde los que se aborde integralmente la planificación en las UUNN.
Resulta interesante estudiar este período, al que denominamos de “Contratos programas fragmentados”, ya que
justamente la ausencia de una política formal constituye una manera particular de conducir esta cuestión desde el
Estado. Además, como se indicó previamente, a lo largo de este período el FUNDAR continuó representando una
actividad programática con un significativo financiamiento desde la SPU. Fueron años en los que prolifera la asignación
de contratos programa que, en lugar de ser integrales, de acuerdo a los testimonios de los informantes clave, estos
tienen destinos u objetivos específicos negociados, acordados y conveniados entre la SPU y la Universidad; o bien
relacionados con el resultado de carreras acreditadas; o bien definidos de manera unilateral desde el Estado. En este
periodo se observa una regresión conceptual, dado que la planificación se fragmenta y se convierte en una herramienta
discrecional, desvinculada de una lógica estratégica amplia.
Por su parte, los CPI postulan la necesidad de apostar por un criterio institucional integral para aportar financiamiento
a las universidades, de manera similar a la idea inicial del FUNDAR. Se prioriza la distribución de recursos públicos en
función de proyectos o planes que abarquen a la institución en su conjunto y se favorece, consecuentemente, el
desarrollo de procesos que persigan este objetivo al interior con respeto por sus autonomías.
Los fundamentos de los CPI exponen con mayor detalle la concepción acerca de la valorización de la definición de
planes de desarrollo a nivel institucional y el aporte del financiamiento público en función de estas definiciones. En
estos términos, se propone redefinir la relación entre el Estado y las universidades, a partir de la posibilidad para estas
últimas de proponer sus prioridades de manera autónoma, y para el Estado de asignar recursos sobre la base de estos
planes. Los CPI se presentan, por lo tanto, como instrumentos destinados a fortalecer la autonomía de las universidades
en la definición de sus propios objetivos.
En una línea similar, la convocatoria PDI desde su fundamentación, establece una postura conceptual clara acerca de
lo que se entiende por universidad, como organización compleja, y en este contexto se presenta a la planificación
estratégica como la forma adecuada de abordar esta complejidad. Se explicita la convivencia en este tipo de
organizaciones de diferentes actores con diferentes objetivos y prioridades y, por lo tanto, se resalta la importancia de
debatir y de lograr acuerdos y consensos. En este marco, se postula a los procesos de planificación como las
herramientas adecuadas para que las universidades definan autónomamente hacia dónde quieren ir y cómo quieren
hacerlo. También se explicita la importancia de que estos procesos se originen en diagnósticos institucionales. La RM
N° 3896/17 posiciona conceptualmente a la planificación como el instrumento que posibilita que las universidades
tomen el protagonismo en la definición de sus propios objetivos, frente a relegar este papel y depender de las diferentes
ventanillas de financiamiento que ofrece el Estado. En esta tarea, la normativa pone el énfasis en la necesidad de
potenciar la autonomía y desarrollar procesos participativos para la definición de metas a mediano y largo plazo.
Finalmente, en los fundamentos de esta política se destaca la necesidad de desarrollar en las instituciones las